La construcción es uno de los sectores que más siniestros laborales concentra en España, de acuerdo al Ministerio de Trabajo y Economía Social, y este es el principal argumento de los sindicatos del sector para reclamar la jubilación anticipada para este colectivo, al igual que ya hacen los trabajadores mineros o marineros. Y si bien los sindicatos del sector ya han solicitado esta implementación, la Seguridad Social cree que falta información sobre las tareas que desarrolla cada profesional. Por este motivo, el ministerio ha aprobado un decreto que obliga a todas las empresas, independientemente del sector, a aportar antes de febrero de 2027, información adicional sobre qué hacen sus trabajadores. Esto es, la Seguridad Social quiere saber con más precisión qué tareas desarrollan las distintas especialidades, para un análisis pormenorizado dirigido a anticipar la jubilación, tanto en la construcción como en otros sectores.
El interés de la Seguridad Social en delimitar las tareas de los sectores con más bajas y siniestralidad no es nuevo, ya que, en septiembre de 2024, este organismo firmó el último gran acuerdo del diálogo social con patronales y sindicatos, en lo que se refiere a pensiones. Específicamente, uno de los puntos acordados en dicho pacto fue el establecimiento de una nueva vía para que los sectores con más bajas y siniestralidad puedan pedir el anticipo de la jubilación a cambio de un incremento en las cotizaciones. Y si bien el Gobierno ya había concedido antes este derecho, principalmente a través de los coeficientes reductores de la Base Reguladora, esta vez buscaba un procedimiento más objetivo: con esta nueva vía, a más bajas y más muertes, más opciones de conceder el retiro anticipado, pero sólo en las actividades que concentren la accidentalidad, no en sectores al completo. Finalmente, y para ello, el sector debe solicitarlo, la Seguridad Social lo estudia, y al final el ministerio toma una determinación en base a esos criterios cuantificables.
El primer sector que pidió el estudio fue la construcción, y en julio de 2025. Más de un año después, los responsables sindicales de este sector, explican que solicitaron el anticipo para todos los trabajadores de obra, pese a que algunos sufren mucha más siniestralidad que otros, con la previsión de que sería la Seguridad Social la que decidiría en función de las tareas desarrolladas. Sin embargo, distintos especialistas vienen insistiendo en que los trabajos en altura, en conservación de carreteras o bajo el agua son algunos de los más expuestos y en los que más justificada estaría la anticipación de la jubilación.
Sin embargo, y para delimitar con más precisión el derecho a una jubilación anticipada, la Seguridad Social estableció en agosto de este año una norma que obliga a todas las empresas a especificar más información sobre sus plantillas. Específícamente, y según especifica el texto redactado por el organismo, “en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este real decreto, todos los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el código de ocupación laboral […] de todos los trabajadores por cuenta ajena que se encuentren en alta en cualquiera de sus códigos cuenta de cotización, conforme a Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO) vigente, siempre que dicho dato no haya sido ya comunicado a la Tesorería General de la Seguridad Social”. Como la entrada en vigor de este decreto se produjo el 1 de agosto de 2026, ese plazo de seis meses expirará en febrero de 2027.
Finalmente, cabe destacar que el motivo final de esta nueva norma, es facilitar el estudio que debe elaborar la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, ya que, y como especifica el decreto, se requiere “un informe de morbilidad y mortalidad que comprenderá, según el caso, la identificación del colectivo, la determinación de los indicadores básicos y sus umbrales, así como un estudio detallado de la siniestralidad y del daño producido por el trabajo, con especial referencia a la edad y al género”.
Contacte con nosotros en el
900 15 15 30 o escribiendonos a info@labrujuladelaspensiones.com